CRITERIO JURISDICCIONAL 83/2019 (Aprobado 9na. Sesión Ordinaria 31/10/2019 )
IVA. LA REGLA 2.3.4 DE LA RMF PARA 2017 QUE ESTABLECE COMO REQUISITO PARA LA PROCEDENCIA DE LA DEVOLUCIÓN DEL SALDO A FAVOR LA PRESENTACIÓN PREVIA DE LA DIOT CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA. El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece el derecho de los contribuyentes a obtener la devolución de las cantidades pagadas indebidamente, o bien, los saldos que tenga a su favor; asimismo, en sus párrafos quinto y sexto establece dos hipótesis por las que se puede considerar como desistido al solicitante, las cuales son: 1) cuando no aclare los datos erróneos contenidos en su solicitud y 2) cuando omita cumplir el requerimiento que se le haya formulado respecto de información y documentación que la autoridad considere necesarios para resolver el trámite. Por su parte, la Regla 2.3.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2017 establece en su último párrafo que para que los contribuyentes puedan obtener la devolución del saldo a favor del impuesto al valor agregado (IVA) deberán tener presentada, previo a la solicitud, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) correspondiente al periodo que da origen al saldo a favor. El Órgano Jurisdiccional determinó que desde una perspectiva de legalidad, la citada Regla contraviene el principio de subordinación jerárquica, en razón de que en el artículo 22 del CFF el legislador no incluyó una cláusula habilitante que permitiera al Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, establecer supuestos adicionales para tener por desistida una solicitud de devolución, por lo que el hecho de que el pagador de impuestos tenga la obligación de presentar la DIOT correspondiente, no implica que la autoridad pueda imponer consecuencias diversas a las previstas en la Ley para el caso de su incumplimiento.
Juicio Contencioso Administrativo en la vía ordinaria. Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. 2019.
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